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La nota de remisión, también conocida simplemente como remito, es uno de los comprobantes comerciales más habituales y es aquel que respalda la entrega de una mercadería.
La entrega puede hacerse efectiva en el mismo momento en que se realiza la compra o también en un momento posterior (en los casos en que el acuerdo entre el comprador y el vendedor así lo disponga), ya sea por comodidad o como parte de la negociación.
El remito tiene un valor especial a nivel jurídico, puesto que la ley expresa que una venta se efectúa en el momento en que el bien se transfiere físicamente y llega a manos del comprador, más allá de cuándo se efectúe la operación o cuándo se efectivice el pago.
Como en todos los comprobantes, el vendedor del producto debe confeccionar la nota de remisión y entregársela al comprador. Se quedará para él una copia duplicada, pero a diferencia de los otros comprobantes en este caso hay un triplicado del documento que queda para la empresa que realizó el transporte, si la hubiera.
La nota de remisión deberá contener la lista de elementos transferidos, no necesariamente consignando el precio, y la firma del comprador (que indicará que recibió de conformidad todo lo solicitado). También deberá aparecer el domicilio o lugar donde se efectúa la compra, la fecha en la que se realiza la operación y los datos de quien recibe la mercadería.
Puede llevar el sello de "pago efectuado" en el caso de que ya haya sido realizado. Si al momento de la recepción el cliente notara alguna diferencia con lo pautado será imprescindible que deje asentado en el remito una nota reclamando un reemplazo o una compensación, ya que si firma la recepción luego no tendrá derecho a reclamo alguno.
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